Uno de los requisitos que se nos impone al conducir nuestro vehículo es haber contratado con carácter previo un Seguro, estableciéndose normativamente una modalidad de mínimos (el llamado Seguro a terceros), que únicamente cubre los daños ocasionados a otros agentes o personas; que podría ser mejorada mediante otras modalidades (por ejemplo, el Seguro a todo Riesgo).
Ante cualquier incidente de tráfico, como por ejemplo una colisión menor en la que tan solo hay que lamentar daños materiales en los vehículos, serían las Aseguradoras de los conductores implicados las que gestionarían las reparaciones y compensaciones económicas correspondientes, en función de quien hubiera sido responsable del mismo.
No obstante, en supuestos graves, bien porque los daños materiales hubieran alcanzado cierta consideración, bien por haber sufrido los ocupantes lesiones de gravedad o habiendo tenido lugar fallecidos, podría suceder que el caso acabara ante los Tribunales, pudiendo hacerse necesario contar con un abogado especialista en este tipo de casos.
Aquí vamos a darte una serie de instrucciones sobre cómo actuar en el trato con tu Compañía de Seguro del automóvil.
» ¿Qué debería hacer de cara a mi Aseguradora?
Piensa que ésta cuenta con peritos de gran experiencia y con toda seguridad serías descubierto, pudiendo seracusado de fraude.
» ¿Qué no deberías hacer?
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