Cualquier persona que ha visto considerablemente mermada su capacidad para desarrollar su empleo a causa de un accidente o enfermedad, común o profesional, podría optar tal y como establece nuestro Ordenamiento Jurídico a una prestación por Invalidez permanente en alguno de sus grados.
La solicitud para la consecución de aquella debe ser presentada ante la Seguridad Social, que a partir de entonces inicia un proceso de valoración de las secuelas permanentes de su lesión o enfermedad y su impacto sobre su capacidad de trabajo.
En el caso de que el procedimiento ante la Seguridad Social no diera sus frutos y le fuera denegada la prestación (tras haber interpuesto de manera infructuosa el correspondiente Recurso administrativo), el trabajador podría abrir la vía Judicial, a través de la interposición de la correspondiente Demanda.
» Contenido de la misma
En la Demanda deben recogerse una serie de puntos indispensables:
También debe señalarse la cuantía de la prestación que se solicita, en función de los requisitos establecidos por la Ley General de Seguridad Social. Dicha determinación de la prestación, así como su montante, conforman lo que se conoce técnicamente como “petitum”, aquello que se solicita del Tribunal.
Hay que matizar aquí que todos estos hechos alegados en la Demanda deben coincidir con los que se incluyeron en la solicitud previa ante la Seguridad Social, sobre todo en lo referente al estado médico del paciente.
No obstante, si entre el momento en que se denegó la solicitud de manera definitiva por la Seguridad Social y aquél en el que se interpuso la demanda el paciente hubiera tenido conocimiento sobre nuevos hechos sobre su estado (por ejemplo por un empeoramiento del mismo) o sobre la merma que éste supone para su capacidad laboral, entonces sí podría alegarlos en la Demanda.
» La prueba del estado médico del solicitante y de su capacidad laboral
Lógicamente, junto con los hechos presentados en la Demanda, el paciente y su defensa deben presentar diversos medios de prueba que los ratifiquen delante del Tribunal. Esencialmente éstos serán de dos tipos:
» Necesidad de contar con un abogado especialista
Una persona sin conocimientos específicos en materia legal y laboral podría sentirse desbordada por la gran complejidad que implican los trámites tanto ante la Seguridad Social como ante los Tribunales, en el caso de que la cuestión llegara a los mismos.
Es por ello que contar con un abogado especialista en materia legal podría resultar de gran utilidadsuponiendo un gran refuerzo de cara a las posibilidades de éxito del proceso.
Si consideraras que la lesión o enfermedad que sufriste ha implicado un grave trastorno sobre tu capacidad para desarrollar tu trabajo actual o cualquier otro, no lo dejes pasar y plantea tu caso a un abogado especialista en materia de Protección Social. No lo lamentarás.
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